Te Lo Dijo Enrique
Si Usted se encuentra pendiente de Corte y decide moverse a vivir a otra ciudad o estado, Usted debe notificar ese cambio de dirección (Change of Address) a la Corte. También puede hacer el Cambio de Jurisdicción (Change of Venue) si lo desea. Las diferencias entre ambos, y las particularidades de cada uno, explicadas aquí.
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