Reinicia tu Economía con Fran Bautista
ACTUALIZACIÓN febrero 2026: El Tribunal Supremo fija doctrina definitiva sobre la exoneración del crédito público El escenario interpretativo que se abrió tras la sentencia del TJUE de 7 de noviembre de 2024 (asuntos acumulados C-289/23, Corván, y C-305/23, Bacigán) ha quedado definitivamente encauzado por las Sentencias 254/2026 y 260/2026, de 18 de febrero, del Tribunal Supremo. La Sala Primera aborda por primera vez de forma directa el alcance del artículo 489.1.5º TRLC tras la reforma de 2022 y fija doctrina en varios puntos esenciales. El Tribunal Supremo considera que la limitación de la exoneración respecto del crédito público encuentra justificación suficiente en el Derecho interno y no vulnera la Directiva (UE) 2019/1023. Con ello, se descarta la tesis que había llevado a algunos juzgados mercantiles a declarar inaplicable el límite de 10.000 euros por falta de proporcionalidad. Más info: https://bautistaasociados.net/
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