Oposito a Justicia
En este episodio de Oposito a Justicia repasamos varias novedades legislativas introducidas por la LO 1/2025 en el artículo 78 de la LJCA, dentro del procedimiento abreviado contencioso-administrativo. Nos centramos en tres cambios importantes: la preparación de la prueba solicitada en la demanda, la posibilidad de resolver el procedimiento sin vista y la nueva previsión sobre la sentencia oral al concluir el acto. Oiremos por qué las diligencias de preparación de prueba no suponen su admisión automática, cómo pueden las partes demandadas solicitar la celebración de vista dentro de los diez primeros días del plazo para contestar la demanda, qué debe justificar esa solicitud, cuándo cabe recurso de reposición y cómo se regula la posibilidad de dictar sentencia oral en el procedimiento abreviado. Un episodio breve, claro y práctico para situar las principales novedades del procedimiento abreviado en la jurisdicción contencioso-administrativa, especialmente útil para opositores de Gestión Procesal, Tramitación Procesal, Auxilio Judicial y promoción interna. Y si quieres apuntarte al Opoboletín de Manuela, el correo de los miércoles con contenido útil relacionado con las oposiciones, y además tener acceso gratuito a 4 recursos de muestra de la web, puedes apuntarte en opojusmrs.com/opoboletin [http://opojusmrs.com/opoboletin]. Gracias por estar al otro lado del micro, gracias infinitas por suscribirte a la web, y no lo olvides, este podcast tiene sentido porque estás ahí. Nos escuchamos el próximo JUEVES, hasta entonces, cuídate mucho. Aaaadios.
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